La Cámara de Apelaciones revocó la prisión preventiva que había sido dictada en contra de un sujeto acusado de violar una menor de 12 años.

Entendió que el inculpado incurrió en un “error de tipo”, ya que la contextura física y la forma de expresarse de la niña lo hizo pensar que tenía más edad, e incluso ella le mintió que tenía 14 años y consintió las relaciones sexuales.
El tribunal hizo lugar al planteo efectuado por la Dra. Malena Bustos, abogada del inculpado, y modificó la calificativa legal de abuso sexual con acceso carnal, por la de abuso sexual simple, es decir la vieja figura del estupro, tras lo cual ordenó que el legajo baje para que un juez de Control y Garantías resuelva sobre la excarcelación.
El acusado, de 19 años y oriundo de Campo Gallo (Alberdi), había sido detenido el 4 de abril de este año, tras ser denunciado por la madre de la menor, la cual relató que una noche no halló a su hija en la casa, y que cuando esta regresó le reveló que había estado en la casa del inculpado y que había mantenido relaciones sexuales, por lo cual la progenitora decidió denunciar.
Posteriormente, la jueza Sara Harón dictó la prisión preventiva para el sujeto, a pedido de la fiscalía.
Tiempo después, la Dra. Bustos asumió la defensa del inculpado y en razón de haberse vencido los plazos para apelar la preventiva, presentó un recurso de apelación in pauperis para que la Cámara de Apelaciones pueda revisar la medida.
Finalmente, luego que el Tribunal hiciera lugar al cambio de calificativa, se programó una audiencia ante la jueza Harón para que se tratara la excarcelación solicitada por la Dra. Bustos, a lo que se hizo lugar.

Fuente: Nuevo Diario