Luego de confirmarse el caso positivo de coronavirus en Los Juríes, la Policía de la provincia dispuso un gran operativo para aislar a la ciudad.

Desplegó en cuestión de pocas horas, importantes recursos humanos y materiales.

Más de 70 efectivos policiales fueron afectados al operativo aislamiento y en horas de la noche de ayer partieron dos contingentes encabezados por jefe y subjefe de Policía, quienes iban acompañados por otros oficiales superiores con el propósito de implementar el cierre de la ciudad y garantizar la seguridad de los vecinos de Los Juríes.

Además, se desplazaron 5 patrulleros y 5 motocicletas con dotación completa, y otras unidades de transporte con víveres y agua, carpas, equipos de comunicación, teléfonos satelitales, grupos electrógenos, mobiliario y los esenciales elementos de bioseguridad como arcos sanitizantes, guantes, máscaras, barbijos, alcohol en gel, mamelucos, y otros implementos necesarios para proveer al personal afectado y permitir que el trabajo se desarrolle adecuadamente.

Asimismo, se supo que los contingentes capitalinos se unirán en el lugar a la vanguardia policial que salió en horas de la tarde desde la ciudad de Añatuya, con el propósito de allanar y acelerar el trabajo de aislamiento.

Investigan

El nuevo caso confirmado se trata de un ingeniero agrónomo de 50 años. Si bien se investiga cómo o dónde se produjo el contagio, trascendió que hace aproximadamente unos 10 días atrás, este ingeniero ingresó desde Santa Fe a Los Juríes de manera ilegal porque no informó a ninguna autoridad, sin ningún permiso y tampoco sin haber realizado la cuarentena obligatoria para estos casos, informaron fuentes oficiales. En Los Juríes mantuvo un contacto con un ingeniero agrónomo que se desempeña en el establecimiento “Los Mimbres”.

¿Qué dice el decreto?

Considerando:

Que el marco normativo enunciado en el visto se expone el proceso normativo dictado tanto a nivel Nacional como Provincial mediante el cual se procedió a decretar la Emergencia Sanitaria Nacional, el aislamiento Social, preventivo y obligatorio en todo el territorio nacional y la regulación de la posterior fase de contención de la pandemia basada en el “distanciamiento social, Preventivo y Obligatorio” que actualmente rigen en nuestra Provincia.

Que sin duda la evolución de la situación epidemiológica requiere la actuación coordinada de todas las autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales con el objetivo de proteger la salud pública como una obligación inalienable del Estado.

Que conforme lo establece el Decreto Nacional 576/20 se faculta a las autoridades provinciales a establecer límites a la circulación en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en los distintos departamentos, pudiendo al efecto dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por zonas con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2.

Que en ese contexto es preciso contemplar la Ciudad de Los Juries y su zona de influencia bajo un estricto protocolo sanitario y de seguridad debido a los acontecimientos detectados en el día de la fecha luego de confirmarse el caso positivo de coronavirus.

Que sin duda la evolución de la situación epidemiológica requiere la actuación coordinada de todas las autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales con el objetivo de proteger la salud pública como una obligación inalienable por lo que la presente medida resulta necesaria con el fin de continuar controlando el impacto de la epidemia.

Por todo ello, el señor gobernador de la provincia decreta:

ARTÍCULO 1º. - Con el fin de proteger la salud pública, excluyase a la Ciudad de los Juries del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” establecidas por el Decreto 914/20 y prorrogada por Decreto N°1040 estableciendo al efecto la prohibición de circulación en toda la ciudad en forma preventiva a partir del día de la fecha y hasta la finalización del tiempo máximo de aislamiento de 14 días a partir del último caso confirmado por el ministerio de Salud de la Provincia.

ARTÍCULO 2°.- - Facultase a Jefatura de Gabinete de Ministros en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en las distintas ciudades, departamentos o parajes vecinos podrá dictar normas reglamentarias para limitar la circulación, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial.