En el Boletín Oficial de la jornada de ayer fue publicado el Decreto 2020-580-E-GDESDEGSDE que establece “a partir del día 13 de abril el uso obligatorio para todos los ciudadanos que circulen por todo el territorio provincial de ‘barbijos y/o cualquier otro elemento de protección que la autoridad sanitaria aconseje usar para evitar el contagio de coronavirus’”.

Además, se establece que la Policía de la Provincia dispondrá controles permanentes en rutas, calles y en accesos a edificios públicos, espacios públicos, comercios, transporte público y demás lugares estratégicos que determine para garantizar su cumplimiento.

Toda persona que circule por la vía pública sin protección e incumpla con lo dispuesto será pasible de multa de entre $ 2.000 y $ 10.000; la autoridad que constate la infracción, labrará un acta y remitirá de manera inmediata las actuaciones a la autoridad competente sin perjuicio de las sanciones que le pudieren corresponder en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal. Cuando el infractor o infractores se trasladen en vehículos, además de la multa establecida se procederá a la retención inmediata del vehículo en el que se transportan.

Si el infractor es funcionario y/o empleado público provincial o de alguna repartición descentralizada de la Administración Pública Provincial, además de ser pasible de la sanción pecuniaria establecida, incurrirá en falta grave pasible de cesantía o exoneración.

 

Fuente: Nuevo Diario