El Comité de Crisis de Monte Quemado, a través del Decreto Municipal N° 600/01//2020, emitió nuevas medidas de acción y ampliación de horarios en el ámbito interno de la ciudad, que rige a partir de este 23/09 hasta el 11/10 inclusive.

Del decreto desprende la ampliación de circulación  de las personas de 08 a 20 hs; así mismo la ampliación de horario comercial y de atención al público, comprendido entre las horas antes mencionadas.

El alcance de ampliación de horario también se extendió al servicio denominado delibery, permitido hasta las 24.

Actividades religiosas

Se da a conocer en la resolución municipal la apertura de actividades de tipo religiosas conforme al protocolo del Ministerio de Salud, en el horario de 08 A 20 hs, máximo de 10 personas, bajo distanciamiento social, uso del tapabocas y todo lo referido que se establece en el protocolo preventivo.

Esta medida de apertura de actividades religiosas queda sujeta a que las instituciones religiosas (iglesias, cultos, etc) deben presentar un informe al comité de crisis, donde debe constar días y horarios de realización de las celebraciones. No pudiendo las mismas realizar su inicio de actividades sin cumplir con el hecho administrativo que mediante la presente se le comunica.

Aislamiento Preventivo Obligatorio

En el marco del decreto que comienza a regir a partir de las 0 hs de este Miércoles 23 de septiembre hasta el 11 de Octubre inclusive, se determina la extensión de días de Aislamiento Preventivo Obligatorio para las personas que provengan de Santiago (Capital) – La Banda y de otras ciudades o localidades con cumplimiento efectivo de 14 días. Caso de que las personas que provengan de otra ubicación geográfica y hubieran tenido contacto estrecho con personas infectadas por COVID-19 se ampliara su aislamiento por el término de 21 días.