Por Tony Villavicencio | El derecho a la intimidad de los demás está por delante de tu derecho a grabar, y “teóricamente”, permite a cualquier persona quejarse y denunciar cualquier registro (en imágenes o audiovisual) que se realice sin su consentimiento o sin la orden de un Juez.

La ley impide que revelemos datos sobre las personas, y podrás pensar... ¿qué dato estoy dando de gente que no conozco a la que simplemente grabo?

Si solo grabas y lo publicas en la red, estás generando una prueba documental de que UNA PERSONA CONCRETA estuvo en UN LUGAR CONCRETO a una HORA CONCRETA. Ese es un metadato que todos tenemos derecho a reservarnos.

Sin embargo, cuando vemos en televisión los informativos con gente caminando por la calle, o bañistas en la playa, ¿por qué no se enfrentan a denuncias por vulnerar la intimidad?

Cualquier queja que alguien hiciera sobre esa grabación, no tendría fundamento, siempre que lo que se grabe no profundice más en quienes son las personas que grabamos, sus nombres o datos personales.

Muchas personas creen que grabar a otros sin su consentimiento es normal, incluso a veces ni siquiera se preguntan si lo es, y si puede traer consecuencias. Y esto sucede porque estamos tan inmersos en el mundo de las últimas tecnologías que solemos perder la noción de los límites de la privacidad y los derechos de terceros.

La privacidad es el derecho a un espacio reservado y es privado, filmar un video y vulnerar estos derechos se supone una violación contra la intimidad. Se considera delito si no existe orden de la justicia con causa fundada o el consentimiento de la persona afectada. Descubrir y difundir imágenes o conversaciones es ilegal, ya que, con ello lo privado deja de serlo.  

Derecho a la Intimidad y Privacidad como Derecho Universal. El derecho a la intimidad también se ha regulado en las declaraciones internacionales de derechos humanos y en los pactos y acuerdos internacionales relativos a los mismos y que son ley para la República Argentina.

En el plano internacional este derecho, inherente a la vida privada, fue prontamente proclamado por la ONU y la OEA. En 1948 la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, que estableció: Artículo 12: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques en su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

¿Por qué filman a las personas en los controles, porque un vecino alquila un delincuente para que te firme en tu casa?… ¿Lo hacen con orden de un juez, con competencia y jurisdicción en el lugar, y ese juez para dictar la medida lo hace con causa fundadas para autorizar filmar la intimidad y dignidad de tu familia y tu persona? lo claro es que si no hay orden judicial no es lícito grabar una conversación sin el consentimiento.

Así de sencillito y a lo copeño para que lo entiendan. Me parecer que están metiendo la pata en el agujero. Es ilegal y delictivo filmar a una persona sin su permiso y/u autorización de un juez.